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01/07/2022

Confirmaron la prisión perpetua para el femicida que ejecutó de un tiro a Leticia Saldívar

Fuente: telam

01-07-2022 | 17:31

El femicidio ocurrió en el primer piso del edificio ubicado en la calle Serrano 287, en Villa Crespo / Captura Street View.

La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional confirmó la prisión perpetua para un hombre que mató a su novia peluquera, quien fue ejecutada de un balazo en la cabeza en un departamento del barrio porteño de Villa Crespo en marzo de 2016.

El fallo de la Sala III recayó sobre Jaime Fernando Alcerreca Gana (47), de nacionalidad chilena, quien continuará detenido por el delito de "homicidio doblemente agravado por el vínculo y por el uso de arma de fuego" en perjuicio de Leticia Muriel Martínez Saldívar (30), oriunda de Paraguay.

Los jueces Alberto José Huarte Petite, Mario Magariños y Pablo Jantus rechazaron la apelación de la defensa que había considerado que había sido "un accidente inesperado", por lo que podría encuadrarse como un "homicidio culposo" y que el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 27 no fundamentó "cómo ni por qué habría ocurrido el suceso de manera intencional, desechando la verdad relatada del imputado de manera absolutamente arbitraria e infundada".

Sin embargo, la Cámara de Casación recordó en el fallo -al que Télam tuvo acceso- la sentencia de primera instancia en la que afirmó que "no resulta lógico y es contrario a la prueba, que al imputado se le haya escapado un disparo en las condiciones que relató", dado que "el arma (una pistola Glock calibre 9 milímetros) funcionaba normalmente y solo es posible dispararla ‘accionando la cola del disparador en su totalidad’".

"No fue accidental porque el acusado apoyó el arma en la cabeza de Leticia", sostuvo el TOC 27 que destacó las pericias determinaron que hubo "distancia cero" y que se trató de "un disparo de contacto firme".

Los jueces resaltaron que "avala ello el hallazgo de cabellos de la víctima en el arma incriminada" y que "esto no puede de modo alguno ser accidental".

"No obedece a un simple choque entre la cabeza de la víctima y la pistola Glock del imputado", aseguró el Tribunal.

Además, los magistrados descartaron la versión del acusado respecto a que "se asustó por la presencia de su novia que se encontraba en el domicilio junto a él" y que "se viera sorprendido", por su presencia "en un departamento chico, de dos ambientes y en circunstancias en que él mismo le encomendó la supuesta tarea de contar y juntar billetes que estaban en un cajón de la cómoda, próxima a la cama, lo que también aparece planificado".

"Tampoco puedo descartar con seguridad que la víctima se haya agachado, como dice Alcerreca Gana para buscar algo en el cajón de la cómoda y, que en ese momento éste la haya tomado de los cabellos, apuntado con el arma en la cabeza y disparado, lo que provocó que cayera de espaldas al piso", afirmó el TOC.

"La prueba recabada (incluso, la derivada de los propios dicho del imputado), lo ubicó como el sujeto que apoyó el arma de fuego sobre la cabeza de la víctima, quien se encontraba de rodillas o en cuclillas y disparó causándole la muerte", determinó el juez Huarte Petite en su voto, al que adhirieron sus colegas.


El femicidio

El crimen ocurrió el viernes 25 de marzo de 2016, alrededor de las 23.30, en el departamento 1ro. “6” de un edificio situado en la calle Serrano 287, donde la policía arribó cuando se escuchó un disparo y el propio imputado llamó a la línea de emergencias 911.

Personal del Sistema de Atención Médica de Emergencias (Same) llegó al departamento y constató la muerte de la joven que, según las fuentes, trabajaba como peluquera y solía quedarse a dormir ocasionalmente en la casa de su pareja.

Según la versión de Alcerreca Gana, se le disparó accidentalmente la pistola cuando la víctima estaba buscando una serie de elementos de una cómoda que tiene en el dormitorio.

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Al ser consultado por la Policía, el juez de instrucción 40 porteño, Rodolfo Cresseri, ordenó la detención del Alcerreca, ante la posibilidad de que se haya tratado de un crimen, lo cual ahora fue confirmado en segunda instancia.

"Es claro que el imputado actuó motivado por alguna circunstancia desencadenante, la cual pudo haberse suscitado de manera imprevista, o tener su origen en cuestiones ocurridas anteriormente que se fueron gestando hasta el día del hecho", señaló Huarte Petite y añadió: "Para la figura en que aquí se encuadrará la conducta atribuida, no resulta necesaria la acreditación de ningún motivo en especial".
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Fuente: telam

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